Ley de. Responsabilidades Políticas, Muerto/a, Sanción Económica/Embargo
Nombre: Ventura
Apellidos: Blasco Racaj
Nacido y/o domiciliado en Ejea de los Caballeros (Zaragoza) 1889
Detenido en 24 de agosto de 1936
Fallecido en Ejea de los Caballeros (Zaragoza) 5 de septiembre de 1936
Dignificación El 16 de abril de 2010 el Ayuntamiento de Ejea , colocó en el interior de la Casa Consistorial una placa conmemorativa. En homenaje al alcalde, concejales democráticos y funcionarios o trabajadores municipales asesinados tras el Golpe de Estado franquista o levantamiento anticonstitucional de 1936.
Profesión: Agricultor
Afiliación política: UGT-AS
Biografía:
Participó en la constitución de la UGT y de la AS de Ejea de los Caballeros (Zaragoza). El 6 de abril de 1930 acudió a Madrid junto a Juan Sancho para asistir a la inauguración del Mausoleo a Pablo Iglesias en el Cementerio Civil y los días 7 y 8 siguientes participar en el Congreso Constituyente de la Federación Nacional de Trabajadores de la Tierra (UGT). Fue elegido concejal del ayuntamiento de Ejea de los Caballeros en las elecciones municipales de abril de 1931. Detenido por su participación en la revolución de octubre de 1934 aunque resultó absuelto en marzo de 1935. Fue suspendido como concejal en octubre de 1934 y repuesto en febrero de 1936, aunque en marzo abandonó el cargo al elegirse una nueva corporación municipal presidida por Jesús Marín que sustituyó a la anterior encabezada por Juan Sancho. Perteneció a la colectividad agrícola «La Gamonal». Al triunfar el golpe de Estado de julio de 1936 fue detenido el 24 de agosto, torturado y finalmente fusilado en Ejea de los Caballeros el 5 de septiembre de 1936, cuando tenía 44 años.
Expedientes:
Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Zaragoza Multa de 3000 ptas.
Ver DocumentoFuente: Archivo Histórico Provincial de Zaragoza, BOPZ 14 abr 37
Información adicional:
El 9 de abril del 37 el Juez instructor Eduardo Aizpún Anduezas, le cita, estando en ignorado paradero para que comparezca por el expediente de responsabilidad civil por oposición al movimiento nacional.
Expediente sobre declaración de responsabilidad instruido de conformidad con lo previsto en el artículo 6º del Decreto-ley de 10 de enero de 1937. Juez Eduardo Aizpún Andueza, juzgado de instrucción de Ejea de los Caballeros, 2 de abril de 1937